En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por la Abogada en ejercicio MARIA GABRIELA QUINTERO RODRÍGUEZ, venezolano, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.920.181, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 123.951, domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y jurídicamente hábil, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana CONSUELO ISABEL QUINTERO MÁRQUEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.474.838, domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, en su carácter de parte arrendadora ¿ demandante, contra la ciudadana NELIA MARGARITA RODRÍGUEZ DE QUINTERO, venezolana, soltera, mayor de edad, tit.....