CAPITULO CUARTO
DECISIÓN.
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en Bailadores, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Reinvidicada la propiedad, posesión y dominio de el inmueble integrado por una casa para habitación ubicada en la finca El "Esfuerzo", que se encuentra dentro de los terrenos que constituyen la comunidad denominada Páramo de Berihuaca, Aldea Las Playitas, Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida propiedad de la ciudadana ARGELIA BELANDRIA de ARIAS, titular de la cédula de identidad N°V-13.013.943. SEGUNDO: Que el demandado está obligado a hacer entrega del bien inmueble, casa para habitación a la parte actora. TERCERO: Se condena en Costas al demandado de autos. PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DEJESE COPIA.---------------------------
DADA, SELLADA, FIRMADA Y REFRENDADA en la sala de despacho de.....