En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este Juzgado Ejecutor de Medidas declara legalmente secuestrado preventivamente el inmueble y por lo solicitado por el abogado actor Euro Lobo, así se acuerda y le hace entrega al mismo del inmueble por lo previsto en el articulo 599 del Código de Procedimiento Civil y los bienes muebles se le hace entrega en deposito a la Depositaria Judicial Lex S.A. representado por el ciudadano José Rafael Uzcategui titular de la cédula de identidad N° 8004632,