el Tribunal deja expresa constancia que el notificado Trino Ramón Dávila, retiro los bienes muebles con ayuda de personas, presente el ciudadano Ramón Antonio Mesa Rodríguez, titular de la cédula de identidad número 682.973, parte demandante, retirado que fueron los bienes muebles y no habiendo más actuaciones que practicar este Juzgado Ejecutor de Medidas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara legalmente Secuestrado el inmueble señalado, acordando regresar a su sede natural, se leyó y conformes firman siendo las 8:00 p.m. y se le hace entrega del bien inmueble al propietario libre personas y cosas.