DISPOSITIVA: Este Juzgado en cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en el inmueble señalado por la parte actora y declaró formal, solemne y ejecutivamente embargo el inmueble consistente en una parcela de terreno distinguido con el N° 4 y la casa de dos plantas sobre ella constituida, ubicada en el Conjunto Residencial "Villas La Pedregosa" situada en la Aldea La Pedregosa Jurisdicción Parroquia Juan Rodríguez Suárez Municipio Libertador del Estado Mérida, por la cantidad de Once Mil Doscientos Catorce Bolívares (Bs. 11.214,00). Se declaró la desposesión Jurídica del ejecutado de conformidad con el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, se dejó ocupando el inmueble al demandado y no se asigna pago mensual de conformidad con lo solicitado por la parte demandante. Se ordenó oficiar a la oficina de Registro Publico del Municipio Libertador.....