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JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES Y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TITULO ASEGURATIVO, derecho que les asiste al ciudadano: BARRIOS RODRIGUEZ RICARDO ANTONIO, venezolano, mayor de edad, Soltero , titular de la cédula de identidad N° V-19.593.083, domiciliado en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, como UNICO UNIVERSAL Y HEREDERO de la causante CAROLA BEATRIZ RODRIGUEZ MATHEUS, quien era venezolana, titular de la cédula de identidad V- 11.463.326, natural de Valera Estado Trujillo, quien falleciera en la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, en fecha diecisiete (17) de mayo del año 2013, deja.....