DISPOSITVA: Este Juzgado en cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en el inmueble indicado por la parte actora y vista la transacción dada entre las partes, se abstiene de practicar la presente medida de embargo preventivo. CONCLUSIÓN: La referida comisión es devuelta al Juzgado para su homologación, en virtud de la Transacción realizada.