DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Juzgado de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en fecha 09 de febrero de 2011 en el asunto principal No. LP01-P-2011-001726, se trasladó y constituyó en un local, sin No. aparente, Ubicado en el Piso 3 del Centro Comercial Viaducto, Avenida Cardenal Quintero, Municipio Libertador del Estado Mérida, donde funciona la empresa Tecnología Constructiva CA., TECONCA, estampó la medida de prohibición de enajenar y gravar bienes de los ciudadanos Jesús Antonio Durán Ruiz y Carmen Haydee Romero de Duran, Presidente y Vicepresidente respectivamente de la Empresa Tecnología Constructiva C.A. (TECONCA), así como sobre todos y cada uno de los bienes perteneciente a la empresa Tecnología Constructiva CA. (TECONCA) de conformidad con el artículo 600 del Código de Procedimiento Civil; en los folios 2 y 3 del Libro de Accionistas y en la página 59 del Libro de Actas de Asambleas de la Empresa Tecnologí.....