Las partes llegarón a una transacción, mediante la cual las demandantes le concedieron un plazo fijo a la parte demandada a los fines de que haga entrega del inmueble completamente desocupado, quedando obligado a pagarle los canones de arrendamiento atrasados y los correspondientes a los meses de Noviembre y Diciembre del corriente año y los 15 días del mes de enero del 2006 que deberá hacer entrega del inmueble. Solicitaron al Tribunal de la causa que a la presente transacción se le de el carácter de cosa juzgada por no ser contraria al orden público ni a las buenas costumbres, se de por terminado el juicio y se archive el Expediente.