DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el articulo 185-A, del Código Civil vigente, formulada por los ciudadanos JAIME JOSE RODRIGUEZ RAMIREZ y LISBETH JOSEFINA RIVAS ALARCON, antes identificados, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según matrimonio civil celebrado por ante el Presidente del Concejo Municipal Santos Marquina, en fecha veinticuatro (24) de Julio del año 1997, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 11. En cuanto al régimen familiar de conformidad con la ley, queda establecido de la siguiente manera: PRIMERO La Patria Potestad será ejercida conjuntamente por ambos padres. SEGUNDO La Guarda y Custodia de la niña la seguirá ejerciendo la madre. TERCERO En cuanto a la Obligación Alimentaría las partes fijan de común acuerdo la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,00) mensuales; y todo lo relativo al sustento, vestido, habitación, educación, cultura, medicinas, recreación y de.....