DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el articulo 185-A, del Código Civil vigente, formulada por los ciudadanos LEONCIO BALZA DUGARTE y ALICIA DEL CARMEN MARQUEZ CONTRERAS, antes identificados, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según matrimonio civil celebrado por ante la Primera autoridad Civil de la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, en fecha catorce (14) de Febrero de 1996, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 06. En cuanto al régimen familiar de conformidad con la ley, queda establecido de la siguiente manera: PRIMERO La Patria Potestad de la adolescente y niñas será ejercida conjuntamente por ambos padres. SEGUNDO La Guarda y Custodia de las prenombradas adolescente y niña, será ejercida por la madre por lo que vivirán donde ella fije su residencia. TERCERO En cuanto a la Obligación Alimentaría, el padre continuara aportando mensualmente la cantidad de CIENTO C.....