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lunes, 25 de septiembre de 2017
Resolución Nº 2017-051 Día de no despacho ni de audiencia en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida
Día de no despacho ni de audiencia en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida. Se decide no despachar ni dar audiencias en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida, el día lunes 25 de septiembre de 2017, con motivo del trabajo administrativo interno, para la entrega y recepción del Tribunal.
 
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA



Resolución Nº 2017-051



República Bolivariana de Venezuela. Tribunal Supremo de Justicia. Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. Mérida, veinticinco (25) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).



207º y 158º



El suscrito, Coordinador del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Mérida, abogado DOUGLAS ARNOLDO MONTOYA GUERRERO, en uso de las atribuciones legales establecidas en el numeral 6 artículo 3 de la Resolución Nº 70 de fecha 27 de agosto de 2004, emanada de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, y en cumplimiento al artículo 3 del Decreto 03 de fecha, 26 de octubre de 2004, emanado de esta Coordinación del Trabajo, dispone:



Considerando



Que, en el día de hoy, lunes 25 de septiembre de 2017, la Dra. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ, se reincorpora a sus labores como Jueza Titular del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida.



Considerando



Que, como consecuencia de haber cesado la causa de su ausencia temporal, con motivo justificado y por causa de fuerza mayor, por haber cumplido el reposo médico avalado por la División de Servicios Médicos, adscrito a la Dirección Administrativa Regional, desde el 06 de Junio de 2017 hasta el 22 de Septiembre de 2017 (ambas fechas inclusive), es por lo que la prenombrada Jueza Titular Dra. Yajaira Rojas de Ramírez, toma posesión del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida, a partir del día de hoy, 25 de Septiembre de 2017, reanudándose el Despacho a partir del día 26 de Septiembre de 2017.





RESUELVE



ARTÍCULO PRIMERO: Día de no despacho ni de audiencia en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida. Se decide no despachar ni dar audiencias en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida, el día lunes 25 de septiembre de 2017, con motivo del trabajo administrativo interno, para la entrega y recepción del Tribunal.



Parágrafo Único: En aquellos asuntos en los cuales se hayan fijado día y hora para la celebración o prolongación de la audiencia preliminar ante el prenombrado Tribunal, en el lapso de suspensión del día de despacho, el Tribunal reprogramará las mencionadas audiencias, fijando mediante auto expreso en cada asunto, el día y la hora a celebrarse las mismas. Las programaciones de las audiencias que se correspondan a días de despacho se correrán de acuerdo a los días de despacho transcurridos en el referido Tribunal.



ARTÍCULO SEGUNDO: Actividades administrativas internas.

Todas las Unidades y Oficinas de la Coordinación del Trabajo, ejecutarán solo actividades administrativas internas en Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida durante el día indicado en el Artículo Primero, dejándose constancia en Libro Diario del No Despacho ni Audiencia.



ARTÍCULO TERCERO: Recepción de documentos.

La Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) no podrá recibir ningún escrito o diligencia que esté dirigido al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida en el lapso de suspensión del día de despacho. Los únicos documentos que la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) podrá recibir son los relativos a amparos constitucionales, los sometidos a prescripción o caducidad y cualquier otra a
 
Autor:
  Dr. Douglas Arnoldo Montoya Guerrero, Coordinador del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
 
Fecha de Publicación:
  25/09/2017
Pagina Web:
  TSJ.GOB.VE
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