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martes, 16 de enero de 2018
Resolución No. 2019-002 DÍA DE NO DESPACHONI AUDIENCIA EN EL TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA SEDE ALTERNA EL VIGÍA.
Se decide no dar Despacho ni Audiencia enel tribunal mencionado, el día MIERCOLES16 DE ENERO DE 2019.
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
Resolución No. 2019-002
República Bolivariana de Venezuela. Tribunal Supremo de Justicia. Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida. Mérida, quince (15) de enero del año dos mil diecinueve (2019).
208º y 159º
El suscrito, Coordinador del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, abogado DOUGLAS ARNOLDO MONTOYA GUERRERO, en uso de las atribuciones legales establecidas en el numeral 6 del artículo 3 de la Resolución No. 70 de fecha 27 de agosto de 2004 emanada de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, y en cumplimiento al artículo 3 del Decreto 03 de fecha 26 de octubre de 2004, emanado de esta Coordinación del Trabajo, dispone:
Considerando
Que, el día de hoy (15) de enero de 2019, la funcionaria ELIBETH ANTONIETA GARCÍA FLORES, titular de la cédula de identidad Nº V-17.027.472secretaria de tribunales adscrita a la sede alterna de El Vigía, solicitó a la Coordinación del Trabajo autorización para ausentarse de sus labores habituales el día miércoles (16) de enero de 2019, a los fines de asistir ante la rectoría civil del estado Bolivariano de Mérida para la juramentación de Ley como Juez Suplente.
Considerando
Que, como consecuencia de la ausencia generada con motivo justificado y por causa de fuerza mayor se imposibilita la realización de actividades ordinarias, siendo la funcionaria Elibeth Antonieta García Flores la única secretaria adscrita a la Coordinación del Trabajo sede alterna de El Vigía. Resulta imperioso suspender el día de despacho en el Tribunalcuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Bolivariano de Mérida sede alterna El Vigía, el día dieciséis (16) de enero del 2019; para garantizar a los justiciables la seguridad jurídica y el debido proceso en los asuntos que se ventilan en esa dependencia judicial.
Considerando
Que el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra el debido proceso, el derecho a la defensa y la asistencia jurídica como derechos inviolables en todo estado y grado de la causa, en todas las actuaciones judiciales y administrativas.
Considerando
Que, el Proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la Justicia.
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: DÍA DE NO DESPACHONI AUDIENCIA EN EL TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA SEDE ALTERNA EL VIGÍA.
Se decide no dar Despacho ni Audiencia enel tribunal mencionado, el díaMIERCOLES16 DE ENERO DE 2019.
Parágrafo Único:En aquellos asuntos en los cuales se hayan fijado día y hora para la celebración de la audiencia oral y pública de juicio ante el prenombrado Tribunal, en el día de suspensión del despacho, el Tribunal reprogramará las mencionadas audiencias, fijando mediante auto expreso en cada asunto, el día y la hora a celebrarse las mismas. Las programaciones de las audiencias que se correspondan a días de despacho se correrán de acuerdo a los días de despacho transcurridos en el referido Tribunal.
ARTÍCULO SEGUNDO: Actividades administrativas internas.
Todas las Unidades y Oficinas de la Coordinación del Trabajo, Sede Mérida, ejecutarán solo actividades administrativas internas en el referido Tribunal, durante el día indicado en el Artículo Primero, dejándose constancia en Libro Diario del No Despacho ni Audiencia.
ARTÍCULO TERCERO: Recepción de documentos.
La Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), Sede Mérida, no podrá recibir ningún escrito odiligencia que esté dirigido alTribunalcuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Bolivariano de Mérida sede alterna El Vigía en el lapso de suspensión del día de despacho. Los únicos documentos que la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) podrá recib
Fecha de Publicación:
16/01/2018
Pagina Web:
tsj.gob
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