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jueves, 09 de noviembre de 2017
Resolución Nº 2017-063
Se decide no despachar ni dar audiencias en los Tribunales Primero, Tercero y Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, Tribunales Primero, Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, el día viernes 10 de noviembre del presente año, a los fines de la asistencia de los jueces y juezas convocados, adscritos a esta Coordinación del Trabajo, tanto en la Sede Mérida como la Sede Alterna El Vigía, al evento antes mencionado.
 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA



Resolución Nº 2017-063



República Bolivariana de Venezuela. Tribunal Supremo de Justicia. Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. Mérida, jueves nueve (09) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).



207º y 158º



El suscrito, Coordinador del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Mérida, abogado DOUGLAS ARNOLDO MONTOYA GUERRERO, en uso de las atribuciones legales establecidas en el numeral 6 artículo 3 de la Resolución Nº 70 de fecha 27 de agosto de 2004, emanada de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, y en cumplimiento al artículo 3 del Decreto 03 de fecha, 26 de octubre de 2004, emanado de esta Coordinación del Trabajo, dispone:



Considerando

Que en ocasión al Plan de Formación y Capacitación previsto para el cuarto trimestre del año 2017, la Escuela Nacional de la Magistratura tiene planteada entre su oferta académica para los Jueces y Juezas del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, y Sede Mérida, iniciar el Diplomado en Derecho del Trabajo, el cual se llevará a efecto en las instalaciones de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de los Andes, Salón de Doctorado, los días viernes 10 y sábado 11 de noviembre de 2017, en el horario de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.



Considerando



Que el día viernes 10 de noviembre de 2017, no habrá despacho en los Tribunales descritos con el fin de que los Jueces mencionados asistan y participen al referido evento.



Considerando



Que, los abogados Nathaly Zambrano, María Carolina Sánchez Quintero, Andreina Fernández, Alirio Oscar Osorio, Dubrawska Pellegrini Paredes, ostentan el cargo de Juezas Primero, Tercero y Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, Juez Primero de Primera Instancia de Juicio, Jueza Segunda de Primera Instancia de Juicio, respectivamente.



Considerando



Que, como consecuencia de la ausencia temporal generada con motivo justificado y por causa de fuerza mayor se imposibilita la realización de actividades ordinarias en dichos Tribunales, resulta imperioso suspender el día de despacho en el mencionado Tribunal, el día viernes 10 de noviembre de 2017, para garantizar a los justiciables la seguridad jurídica y el debido proceso en los asuntos que se ventilan en esa dependencia judicial.



RESUELVE



ARTÍCULO PRIMERO: DÍA DE NO DESPACHO NI AUDIENCIA.

Se decide no despachar ni dar audiencias en los Tribunales Primero, Tercero y Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, Tribunales Primero, Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, el día viernes 10 de noviembre del presente año, a los fines de la asistencia de los jueces y juezas convocados, adscritos a esta Coordinación del Trabajo, tanto en la Sede Mérida como la Sede Alterna El Vigía, al evento antes mencionado.

Parágrafo Único: En aquellos asuntos en los cuales se haya fijado día y hora para la celebración de la audiencia preliminar, audiencia oral y pública de juicio ó audiencia de apelación ante los Tribunales prenombrados, respectivamente, cuya celebración corresponde a los días indicados en este artículo, cada Tribunal con antelación, reprogramará las mencionadas audiencias, fijando por auto expreso en cada asunto, el día y la hora a celebrarse la audiencia correspondiente. Las programaciones de las audiencias que se correspondan a días de despacho se correrán de acuerdo al despacho dado en forma uniforme en la Coordinación del Trabajo y/o en el Tribunal correspondiente.



ARTÍCULO SEGUNDO: OPERATIVIDAD DE LA UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS (U.R.D.D.)

La Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) no podrá recibir durante el lapso de suspensión de los días de despa
 
Autor:
  Dr. Douglas Arnoldo Montoya Guerrero, Coordinador del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
 
Fecha de Publicación:
  09/11/2017
Pagina Web:
  TSJ.GOB.VE
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