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martes, 27 de mayo de 2008
Resolución No. 2008-004, no despacho en los Tribunales del Trabajo del Estado Merida el 30 de Mayo de 2008
Se decide no dar Despacho ni Audiencia en los Tribunales Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; en los Tribunales Primero, Segundo y Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; y en el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el día VIERNES 30 DE MAYO DE 2008, a los fines de la asistencia de los jueces y juezas adscritos a esta Coordinación del Trabajo, tanto en la Sede Mérida como la Sede Alterna El Vigía, a las actividades programadas por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, con ocasión a la ¿II CONVENCIÓN NACIONAL DE JUECES DEL TRABAJO¿, en su incansable labor de perfeccionar y optimizar el Sistema Judicial Laboral.
 




COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN

JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA



Resolución No. 2008-004



República Bolivariana de Venezuela. Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Mérida, veintisiete (27) de mayo del año dos mil ocho (2008).



198º y 149º



La suscrita, Coordinadora del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, abogada GLASBEL DEL CARMEN BELANDRIA PERNIA, en uso de las atribuciones legales establecidas en el numeral 6 del artículo 3 de la Resolución No. 70 de fecha 27 de agosto de 2004 emanada de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, y en cumplimiento al artículo 3 del Decreto 03 de fecha 26 de octubre de 2004, emanado de esta Coordinación del Trabajo, dispone:



Considerando



Que durante los días comprendidos entre el 29 al 31 del mes de mayo del año en curso, ambas fechas inclusive, se llevará a efecto en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, la ¿II CONVENCIÓN NACIONAL DE JUECES DEL TRABAJO¿.



Considerando



Que los Jueces con competencia Laboral adscritos a esta Coordinación del Trabajo, asistirán a dicho evento, promovido por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en su incansable labor de perfeccionar y optimizar el Sistema Judicial Laboral, y con ello el de sus operarios judiciales, de las actividades desarrolladas como parte del Programa de Formación y Capacitación continua.



Considerando



Que los Tribunales del Trabajos con competencia laboral en esta Entidad Federal, no han sido provistos de sus suplentes naturales y dada la perentoriedad de la mencionada Convención, se hace dificultosa la designación de jueces especiales que cubran la falta temporal generada con motivo de tal evento.



Considerando



Que como consecuencia de la ausencia temporal generada con motivo de la participación de dichos Funcionarios a la referida convención, se imposibilita la realización de audiencias, tanto de audiencias preliminares, audiencias oral y pública de juicios y audiencia oral de apelación.



Considerando



Que a los fines de mantener la uniformidad de los lapsos procesales en cada uno de los juzgados que conforman la Primera Instancia, el artículo 4 de la Resolución No. 1.475 de fecha 03 de octubre de 2003, emanada de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura establece que los días y horas de despacho serán uniformes para los Órganos que conforman el Circuito Judicial y la Coordinación del Trabajo.



Considerando



Que el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra el debido proceso, el derecho a la defensa y la asistencia jurídica como derechos inviolables en todo estado y grado de la causa, en todas las actuaciones judiciales y administrativas.



Considerando



Que, el Proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la Justicia.



RESUELVE



Artículo Primero: DÍAS DE NO DESPACHO NI AUDIENCIA

Se decide no dar Despacho ni Audiencia en los Tribunales Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; en los Tribunales Primero, Segundo y Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; y en el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el día VIERNES 30 DE MAYO DE 2008, a los fines de la asistencia de los jueces y juezas adscritos a esta Coordinación del Trabajo, tanto en la Sede Mérida como la Sede Alterna El Vigía, a las actividades programadas por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, con ocasión a la ¿II CONVENCIÓN NACIONAL DE JUECES DEL TRABAJO¿, en su incansable labor de perfeccionar y optimizar el Sistema Judicial Laboral.

Parágrafo Único: En aquellos asuntos en los cuales se hayan fijado día y hora para la celebración de la audiencia preliminar ó audiencia oral y pública de juicio ante los Tribunales prenombrados, r
 
Autor:
  Dr Jolivert Ramirez.
 
Fecha de Publicación:
  27/05/2008
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