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miércoles, 18 de abril de 2018
Resolución No. 2018-038 DÍA DE NO DESPACHONI AUDIENCIA EN EL TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓNDEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
Se decide no dar Despacho ni Audiencia en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida eldía miércoles 18 de abril de 2018.
 
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN

JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA



Resolución No. 2018-038



República Bolivariana de Venezuela. Tribunal Supremo de Justicia. Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. Mérida, miércoles dieciocho (18) de abril del año dos mil dieciocho (2018).



207º y 159º



El suscrito, Coordinador del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, abogado DOUGLAS ARNOLDO MONTOYA GUERRERO, en uso de las atribuciones legales establecidas en el numeral 6 del artículo 3 de la Resolución No. 70 de fecha 27 de agosto de 2004 emanada de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, y en cumplimiento al artículo 3 del Decreto 03 de fecha 26 de octubre de 2004, emanado de esta Coordinación del Trabajo, dispone:



Considerando



Que en fecha once (11) de octubre de 2017, según oficio N° TSJ- CJ-3558-2017, suscrito por el Magistrado Maikel José Moreno, Presidente de la Comisión Judicial, le fue aprobado el disfrute de vacaciones correspondiente a los periodos 2014-2015 (07 días) y 2015-2016 (02 días), a la Doctora MARÍA CAROLINA SÁNCHEZ QUINTERO, Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, por un lapso de nueve (09) días hábiles.



Considerando



Que la Dra. MARÍA CAROLINA SÁNCHEZ QUINTERO, solicitó a esta Coordinación del Trabajo autorización para ausentarse de su jornada laboral por el período comprendido desde el día miércoles dieciocho (18) de abril de 2018, hasta el miércoles dos (02) de mayo de 2018, (ambas fechas inclusive), con el objeto del disfrute de sus vacaciones correspondientes.



Considerando



Que, con el fin preeminente de garantizar a las personas el acceso a los Órganos de Administración de Justicia, idónea, transparente, responsable y expedita, como lo prevé el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según oficio Nº TSJ-CJ-Nº 4704-2017 de fecha 13 diciembre de 2017, designó a la profesional del Derecho KATIUSCA DEL VALLE PÉREZ BARÓN, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.049.304, como Jueza Suplente para cubrir las faltas generadas por vacante temporal, accidental y/o especial de los Jueces y Juezas de los Juzgados de Primera Instancia del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, habiendo prestado juramento de Ley ante el despacho del ciudadano Juez Rector de esta entidad federal en fecha diecisiete (17) de enero de 2018, quedando asentada en Acta bajo el Nº 190, inserta al vuelto del folio 55 y 56 del Libro de Juramentos llevados al efecto por la Rectoría Civil de esta entidad federal, por lo que se convocó a la mencionada profesional del derecho para que supla la falta temporal y tome posesión del mencionado Tribunal a partir del día miércoles dieciocho (18) de abril, hasta la efectiva reincorporación del Titular del cargo Dra. María Carolina Sánchez Quintero, haciendo la salvedad que el día de hoy dieciocho (18) de abril de 2018, no habrá Despacho ni Audiencia en el referido Tribunal, a fin de realizar trabajo administrativo interno con ocasión de recibir el Juzgado antes identificado por parte dela prenombrada Juez Suplente.













RESUELVE





ARTÍCULO PRIMERO: DÍA DE NO DESPACHONI AUDIENCIA EN EL TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓNDEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.

Se decide no dar Despacho ni Audiencia en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida eldía miércoles 18 de abril de 2018.



ARTÍCULO SEGUNDO: Actividades administrativas internas.

Todas las Unidades y Oficinas de la Coordinación del Trabajo, ejecutarán solo actividades
 
Fecha de Publicación:
  18/04/2018
Pagina Web:
  TSJ.GOB.VE
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