Este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuando en sede de civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada en fecha 04 de abril de 2025, por el Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, abogado ROLANDO HERNANDEZ para seguir conociendo del juicio interpuesto por el ciudadano JOSE LEONARDO ARAUJO ARAQUE, por RETARDO PERJUDICIAL, impedimento éste, que obra contra el mismo, en su carácter de parte actora, así como la coapoderada judicial BEATRIZ RIVAS contenido en el expediente N° 2285 de la numeración propia de dicho Juzgado.