Este Juzgado dictó sentencia interlocutoria declarando: PRIMERO: se decreta MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA, incoada por la ciudadana abogada SHARON ESTHER CRIOLLO MONTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.096.606, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 325.882, en su carácter de apoderada judicial de la Empresa Sociedad Mercantil "FRIGORÍFICO INDUSTRIAL LOS ANDES, C. A.", inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en fecha siete (07) de julio de mil novecientos sesenta y cuatro (1964), bajo el N° 76, a los folios 6 al 12 del libro de Registro Mercantil adicional N° 1, con R.I.F. N° J-070047836, que consta en instrumento poder debidamente otorgado por ante la Notaría Pública de El Vigía, estado Bolivariano de Mérida, en fecha veintiséis (26) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), anotado bajo el N° 22,.....