Este Juzgado dictó sentencia interlocutoria declarando: PRIMERO: se declara nulas todas las actuaciones realizadas por ante el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, a EXCEPCIÓN de la decisión de fecha veintisiete (27) de marzo de dos mil veintiséis (2026), (folios 139 al 141), en la que se declaró incompetente para seguir conociendo la presente causa, y del Poder General debidamente Registrado ante el Registro Público de los Municipios Rivas Dávila y Guaraque del estado Bolivariano de Mérida, en fecha catorce (14) de agosto de dos mil veintitrés (2023), inserto bajo el N° 26, Folio 144 del Tomo 2, Protocolo de Transcripción de ese año 2023, que obra inserto a los folios 27 al 32. En consecuencia, se declara valida tal actuación, así como los actos subsiguientes a dicha decisión, en el juicio incoado por la ciudadana YELITZA DEL VALLE JAIMES CARRERO, ve.....