CAPÍTULO V
DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 693 del 02 de junio de 2015, emanada de la Sala Constitucional (Carácter Vinculante), interpuesta por los ciudadanos FRAIN CESAR REYES BRAVO Y LAURA DEL VALLE ESCALONA DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº. V-17.341.379 V-16.386.274, en su orden y civilmente hábiles, a través de la Abogada Luz Marina Vielma Miliani, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-3.764.777, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 53.067 y jurídicamente hábil.
SEGUNDO: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraí.....