Este Juzgado declaró CON LUGAR la inhibición formulada en fecha 08 de octubre de 2025, por el Juez Temporal del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, abogado CARLOS ARTURO CALDERON GONZÁLEZ, para seguir conociendo del juicio interpuesto por los ciudadanos WILLIAM ALBERTO CALDERON GUEDEZ, ALFREDO ENRIQUE CALDERON GUEDEZ Y MARIA EUGENIA CALDERON GUEDEZ contra MILAGROS ALICIA CUBILLAN BOYERO, EVELIO ALFREDO CALDERON CUBILAN Y ANDREA ELOINA CALDERON CUBILLAN porPartición de Bienes Hereditarios, impedimento éste, que obra contra la parte codemandada ciudadana ANDREA ELOINA CALDERÓN CUBILLAN contenido en el expediente N° 29.853 de la numeración propia de dicho Juzgado.y a tal efecto la suscrita secretaria realizo el Certifíquese por Secretaría para su archivo copia fotostática de la decisión que antecede.