Este Juzgado dictó sentencia interlocutoria declarando: PRIMERO: se decreta MEDIDA ATIPICA INNOMINADA DE NO INNOVAR, solicitada por la ciudadana NEIDA LISBETH FREITEZ ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.862.979, domiciliada en el área metropolitana de Caracas, sobre el área efectiva de producción existente en el terreno "LA CASONA", con una superficie aproximada de un hectárea con doscientos ochenta y cuatro metros cuadrados (1 Ha 284 m2), ubicado en el sector Llano Balza, parroquia Mucuchies, municipio Rangel estado Bolivariano de Mérida, con una superficie aproximada de un hectárea con doscientos ochenta y cuatro metros cuadrados (1 Ha 284 m2). Así se decide.
SEGUNDO: se ordena a los ciudadanos ROBERT RAFAEL RODRIGUÉZ ROJAS y CRISTINE GIULIA CASTROGIOVANNI MORENO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.037.578, y V-10.671.978, domiciliados ambos en el terreno denominado la casona, que se encuentra ubicado en el sector.....