este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello y Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las presentes actuaciones "TITULO SUFICIENTE Y BASTANTE PARA PERPETUA MEMORIA", y declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ELENA DEL CARMEN LOBO DE GUILLEN, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.332.713, quien falleció ab-intestato el día 14 de julio de 2025, tal como se evidencia en Acta de Defunción N° 125, folio 248. Libro N° 01 del año 2021, de fecha 06 de febrero de 2026, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Santa Barbará, Municipio Colón del estado Zulia, a los ciudadanos SUTHEY MARLL.....