ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO PRIVADO presentada por los ciudadanos HECTOR MOLINA CONTRERAS y NILO GUERRERO MEZA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados el primero en el sector Las Lomas , Parroquia Rio Negro, y el segundo en el sector Las Vegas ambas jurisdicciones de Guaraque Municipio Guaraque del estado Bolivariano de Mérida, hábiles civilmente, debidamente asistidos por la Abogado en ejercicio ciudadana: ALEJANDRA CAROLINA MOLINA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.395.400, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 272.329, con domicilio procesal en el sector El Rosal, Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida, civil y jurídicamen.....