ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de homologación de acuerdo privado presentada por los ciudadanos RAMONA QUINTERO, IRMA VALERO RONDON y DANI JESUS SANCHEZ CERRANO, venezolanos, mayores de edad, solteros titulares de las cédulas de identidad números, V.- 14.936.068, V.- 24.191.074 y V.- 17.769.703, domiciliados en el sector Las Vegas, Parroquia Mesa Quintero, jurisdicción del Municipio Guaraque del Estado Bolivariano de Mérida, hábiles civilmente, y debidamente asistidos por la Abogado en ejercicio ciudadana: ASCENCION PINEDA DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.929.037, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 190.593, con domicilio procesal en Bailadores Municipio Rivas Dávila .....