PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos ADAN RAFAEL COLINA CHIRINO y MARY CRIS RODRIGUEZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 7.482.782 y V-13.967.034, el primero domiciliado en: Avenida Carnevalli residencias la Hechicera edificio 8 a, piso PB, apto 01 del estado Bolivariano de Mérida y la segunda en: Ejido Urbanización Don Gonzalo, calle 02, casa Nº 22 el Salado Bajo del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, a favor de su hija, la adolescente ADAMARYS SOFIA COLINA RODRIGUEZ, de diecisiete (17) años de edad, F.N: 26/12/2007, pasaporte venezolano N° 169472694; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.