PRIMERO: LA PERENCION BREVE, en la presente causa de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, interpuesta por la abogada BELKYS AMPARO DUQUE PIRELA, actuando en representación de la ciudadana ROSALBA RIVAS DE RODRIGUEZ, contra la ciudadana AMALIA RIVERA AVENDAÑO ya identificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Notifíquese tanto a la parte actora como demandada de la presente decisión todo conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, haciéndole saber que el lapso para que interpongan el recurso que consideren pertinente, contra la presente decisión comenzará a correr una vez que conste en autos la referida notificación.
TERCERO: De conformidad a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
CUARTO: Se ordena la publicación de la presente decisión en el portal de la página web del Tribunal Supremo de Justicia.