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| Decisiones del dia 23/02/2016 |
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| N� Expediente :
10520
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N� Sentencia :
1
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Fecha: 23/02/2016 |
Procedimiento: Separación De Cuerpos |
Partes: JOSÉ ALIRIO ZAMBRANO PERDOMO Y YOMELI COROMOTO RANGEL DURÁN |
Resumen:
este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, presentada por los ciudadanos JOSÉ ALIRIO ZAMBRANO PERDOMO y YOMELI COROMOTO RANGEL DURÁN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-15.620.259 y V-15.825.685, en su orden, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que ambos contrajeran en fecha 13 de Octubre de 2007, ante el Registro Civil Municipal del Municipio Valera del estado Trujillo, según copia certificada del acta N° 251, emitida por dicho Registro Civil, tal y como consta de la copia certificada que corre inserta al folio 3 del presente expediente.
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Juez/Ponente:
Doana Rivera Herrera
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
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| N� Expediente :
14880
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N� Sentencia :
1
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Fecha: 23/02/2016 |
Procedimiento: Homologacion Obligacion De Manutencion Y Bonos |
Partes: FRANCISCO ANTONIO GUTIERREZ DURAN Y MARLEIDE MOLINA CONTRERAS |
Resumen:
en consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE MÉRIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 375, 518 Y DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, LES IMPARTE SU APROBACIÓN Y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado acuerdo suscrito por los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO GUTIERREZ DURAN y MARLEIDE MOLINA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-19.487.327 y V-20.830.921, en su orden, en beneficio del ciudadano niño OMITIR NOMBRE, de cuatro (04) años de edad, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva.
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Juez/Ponente:
Doana Rivera Herrera
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
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