DISPOSITIVA
PRIMERO: Se declara de oficio LA PERENCION BREVE, en el presente expediente de Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, interpuesta por el ciudadano: GUILLERMO ENRIQUE AVILA ZABALETA, venezolano mayor de edad, Titular de la cedula de identidad N° V-11.899.708, domiciliado en esta ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil. Asistido debidamente por el abogado VICTOR SEGUNDO MENDEZ RAMIREZ venezolano, mayor de edad, , titular de la cédula de identidad número V-4.699.224, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.654, en contra del ciudadano GREGORIO ANIBAL VERGARA VALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-11.955.631, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Notifíquese a la parte actora de la presente decisión en la cartelera del Tribunal, por cuanto no consta en autos la dirección de su domicilio. Todo conforme a lo establecid.....