PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos ORLEINS EYELID ZAMBRANO MERCADO y JOAN ALBERTO UZCATEGUI DURAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-16.199.069 y V-14.700.14, domiciliados en el estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles.