ESTE JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con el artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el principio constitucional de la Tutela Judicial efectiva, DECLARA TITULO SUPLETORIO AD-PERPETUAM MEMORIA, para asegurarle a la ciudadana: MIRELA YAQUELIN UZCÁTEGUI titular de la cédula de identidad N° V-10.904.396, que es la "ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA" del causante ENDERSON JOSSEP GARRIDO UZCÁTEGUI, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-10.904.396, y que falleció Ab-intestato el día 14 de septiembre de 2024. Quedan a salvo los derechos de terceros.- Déjese constancia de lo actuado en el Libro Diario de este Juzgado y copia certificada del mismo en el archivo de este Tribunal. En.....