DISPOSITIVA: Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de de Primera Instancia , en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de EDGAR GUILLEMO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula N° 13.677.691, soltero, natural de El Vigia, residenciado en el sector Quebrada Blanca Finca El Cidral, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida. Con fundamento legal en los artículos 2, 49 Ord. 6°, 51, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en los artículos, 173, 318 ordinal 2º, 320 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico. Al Ciudadano EDGAR GUILLEMO BRICEÑO, en la dirección antes indicada y en caso de no ser localizados notifíquese de conformidad con el Articulo 18.....