DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 5 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal, en la causa seguida a JOSÉ ALBERTO CAMARGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.242.973, ELVIS ARGENIS CAMARGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.655.776 y FRANK REINALDO CAMARGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.235.305, todos residenciados en el Barrio Primero de Mayo Calle 3 Casa N° 134, El Vigía Estado Mérida, por el delito de LESIONES GRAVES en perjuicio de JOSÉ VIVAS RIVAS. En virtud de la solicitud de la fiscalía.....