DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 645 de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda: Ordena LA CESACIÓN DE LA MEDIDA POR CUMPLIMIENTO de la regla de conducta, impuesta a los adolescentesIDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad No. , fecha de nacimiento 16-07-1987, residenciado en la Urbanización Fray Ramos de Lora, Mérida, y IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.123.843, fecha de nacimiento 15-12-1986, residenciado en Santa Juana, Mérida, ambos adolescentes deberán continuar cumpliendo con la libertad asistida en virtud que las mismas se está cumpliendo con el desarrollo integral de ambos adolescentes. La sanción de la libertad asistida, tiene una dur.....