DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Abogado: Jesús Antonio Morón Moreno, y en consecuencia acuerda la aplicación de una MEDIDA HUMANITARIA en favor de la penada, ciudadana: MIRTHA MARINA MORALES DE CONTRERAS, titular de la cédula de identidad No. V-9.473.343, quien se cencuentra actualmente recluida en el Anexo Femenino del Centro Penitenciario de la Región Andina, en tal sentido ordena el cambio de lugar de reclusión para el Reten Femenino (Alcaidesa), ubicado en la Vuelta de Lola, al lado del Comando de Tránsito Terrestre, a partir de la presente fecha y hasta tanto se decida el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por la Defensa.
Publíquese, notifíquese y cúmplase.
LOS JUECES .....