Este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: Vista la consignación formulada en este acto por el ciudadano ARNOLDO MORA GARCIA de la Declaratoria de Permanencia emitida por el Instituto Nacional de Tierras, sobre un lote de terreno denominado: LA PROVIDENCIA, en el cual se encuentra constituido este Tribunal; este Juzgado conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario se abstiene de practicar la medida de Embargo Ejecutivo sobre el bien indicado por la parte actora.