En virtud de lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los
Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, incoada por la ciudadana: ALICIA DEL ROSARIO GUZMÁN VARELA, en contra del ciudadano GREGORICK FREDERICKSON MORALES CUEVAS, todos ampliamente identificados en autos.
SEGUNDO: No se condena en costas a ninguna de las partes por la naturaleza del fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho el uno (01) de Febrero del 2.018. Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-
Publíquese, regístrese y agréguese al expediente
EL JUEZ TEMPORAL.
ABG. JHONNY C DUGARTE C.
EL SECRETARIO.
ABG. HÍLBER VALLADRES.
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIP.....