Por lo expuesto éste Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Declara INTERRUMPIDO el debate oral, iniciado en contra el acusado HENRY ANTONIO MOLINA por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL EN LA MODALIDAD DE ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en los artículos 43 en concordancia con el articulo 44 numeral 1 de la Ley Organica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MIA ALEXANDRA CAMILA ROJAS NIÑO; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se Acuerda notificar a la Fiscalía del Ministerio Público y al defensor Privado, trasladar al acusado.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Pr.....