Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistido el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Jairo Venancio Rangel Muñoz, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente ? demandada.
SEGUNDO: Parcialmente con Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Alfredo Mendoza, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente ? demandante, contra de la decisión de fecha veintitrés (23) de enero de 2006, proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sede Alterna El Vigía.
TERCERO: Se modifica la Decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de .....