PRIMERO: Se declara con lugar la demanda incoada por la ciudadana GENESIS ALEJANDRA NAVA TORRES, titular de la cédula de identidad 21.010.879, debidamente representada por el procurador de trabajadores LUIS ALBERTO CAMINOS ANGULO, titular de la cédula de identidad15.032.767, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 115.306, en contra de la Sociedad Mercantil LOLA BAR, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el número 14, tomo A-4, de fecha 13 de enero 2014; por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora, la cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO SIN CENTIMOS (Bs. 162.584,00) más las cantidades de dinero que por concepto de intereses sobre la prestación de antigüedad, intereses de mora e indexación judicial, sean calculadas mediante experticias complementarias del fallo.