Se declaró FUNCIONALMENTE INCOMPETENTE para el conocimiento y decisión de la inhibición formulada por el abogado VÍCTOR MANUEL BAPTISTA VÁSQUEZ, quien se desempeña como Juez Titular del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en Lagunillas, propuesta, con fundamento en el artículo 82 y 84 del Código de Procedimiento Civil.