PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud, en función de corresponder a este Juzgado Superior Agrario la competencia de conocer de la presente acción, dado que se encuentra involucrado un ente agrario como lo es el Instituto Nacional de Tierras. Aclara esta Juzgadora que la presente decisión no prejuzga el fondo de cualquier acción que se intente por ante este Juzgado Superior Agrario.