este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, con sede en la ciudad de El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa en los térmi¬nos siguientes:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de desalojo de local comercial interpuesta en fecha 25 de julio de 2017, por la ciudadana JUANA MONICA CHACON ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.657.350, domiciliada en El Vigía, Municipio Alberto Adríani Estado Bolivariano de Mérida, asistida por la abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.929.732, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 10.469, con domicilio procesal en la Avenida Bolívar con Avenida 13, Centro Comerc.....