Este Tribunal procede a fundamentar por escrito, la decisión tomada en Audiencia frente a las partes, mediante la cual se revocó el Establecimiento Abierto al penado JUAN JOSE SANCHEZ SANTIAGO, ordenando de nuevo su encarcelación:**********************************
Probado como se encuentra en las actas que el ciudadano JUAN JOSE SANCHEZ SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 3.763.922, con ultimo residencia en el Centro de Tratamiento Comunitario Lic ¿Piedad Leonor Ramírez¿. Vuelta de Lola, le fue decretada por el Juzgado de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, calificación de su detención en flagrancia por uno de los delitos previstos en la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas en fecha 23-12-2003, habiendo decretado el auto de apertura a juicio, el cual fue fijado por el Tribunal de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial Penal, hecho éste que se encuentra establecido en el artículo 512 Código Orgánico Pro.....