CAPITULO CUARTO
DEL DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano JOEL ALENDANDER RAMIREZ OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.952.839, contra la EMPRESA TECNICA INDUCTRIAL DEL MUEBLE (TECNIMUEBLE) C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Mérida, en fecha 26 de diciembre de 1998, bajo el numero 5, Tomo A-21, en la persona de JORGE JAMILE EL ZELAH, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.049.244, en su condición de Gerente General y Representante Legal de la Empresa.
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada; a pagar la cantidad de BOLÍVARES VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS M.....