Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la Abogada YAMILI CAROLINA MONTIEL DE OLIVER, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 41.347, apoderada judicial de la parte demandada, la empresa AGROPECUARIA MOLIVEGA C.A., contra la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2001, dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida, de fecha 17 de septiembre de 2001, proferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicia.....