este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 04, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud del Ministerio Publico y de conformidad con el articulo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, revoca la Medida Cautelar de presentación periódica acordada a los imputados GERLEY TORRES BALOIS, de nacionalidad colombiana, natural de Calaba, Departamento Acandi de la República de Colombia, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, fecha de nacimiento 18-09-80, hijo de Nelson Torres (d) y Leofides Baloy (v), titular de la Cédula de Ciudadanía N° 82.331.763, residenciado en el Puerto de Santander, calle principal, casa s/n, República de Colombia; LUIS ENRIQUE RAMIREZ, de nacionalidad venezolana, natural de Coloncito, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad N° 10.244.605, fecha.....