DECISION
En consecuencia este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; declara la homologación del desistimiento en la demanda por cobro de bolívares vía intimatoria, propuesta por la abogada ROSALIA VALERO DE DURAN, en su condición de endosataria en procuración de la ciudadana Delly Ramona Briceño, contra el ciudadano CLAUDIO RAMON QUINTERO R., de conformidad con los Artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, dándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y da por terminado el presente juicio. Líbrese oficio al Juzgado ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en esta ciudad de Tovar, a los fines de que devuelva el cuaderno de embargo preventivo que se libró y archívese el presente expediente.
Déjese copia en el copiador de sentencias de éste Tribunal, de conformidad con los .....