Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso de la circunscripción judicial del Estado Mérida ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LEY, decide:
PRIMERO: DECRETAR DE OFICIO MEDIDA DE AMPARO CAUTELAR, en favor de la ciudadana ALBA KATERINA RODRIGUEZ DE GUILLÉN, titular de la cédula de identidad Nº V-10.841.512.
SEGUNDO: En consecuencia SE ORDENA AL DIRECTOR O DIRECTORA (titular o encargado) DE LA ZONA EDUCATIVA Nº 14 DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA a REINCORPORAR a la ciudadana ALBA KATERINA RODRIGUEZ DE GUILLÉN, ya identificada, al cargo de PROFESIONAL NO DOC, en la OFICINA DE GESTION HUMANA DE LA ZONA EDUCATIVA NUMERO 14 DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, hasta tanto se resuelva el fondo de la presente causa.
TERCERO: SE ORDENA AL DIRECTOR O DIRECTORA (titular o encargado) DE LA ZONA EDUCATIVA Nº 14 DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA a PROCEDER A ABONAR EN FORMA I.....