DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 8 letra “e”, 13, 647 letra “e” de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: MODIFICAR la medida de libertad asistida, en el sentido que deberá cumplir una vez al mes y no cada quince (15) días como se venia efectuando según los argumentos antes expuestos a favor de ciudadano IDENTIDAD OMITIDA SEGUNDO: Queda vigente el contenido de la decisión de fecha 20 de ABRIL de 2005, (folios 167 al 170), DEBIOENDO CONTINUAR CUMPLIENDO la regla de conducta que finaliza en fecha 14-10-2005 (folio 128). TERCERO: Se fija como fecha provisional para la revisión el día (17-10-05) a los fines de dar cumplimiento al artículo 647 letra “e”, Notifíquese a las partes. Ofíciese a la sic.....